Esta medida sólo afectará a las rentas generadas durante el ejercicio fiscal 2008(cuya declaración se hace en el 2009), y en ningún caso lo hará con carácter retroactivo a las generadas durante el 2007(cuya declaración hay que hacerla en el 2008). Los beneficiarios serán tanto los asalariados como los pensionistas y los autónomo. Con relación a los asalariados y pensionistas, la medida comenzará a aplicarse en las nóminas del mes de Junio(2008), con una rebaja de las retenciones de 200 euros, y a partir de Julio(2008), reduciéndose las retenciones cada mes en las nóminas de asalariados y pensionistas en otros 200 euros, y en su caso, en la cantidad no reducida en Junio(2008).

La medida afecta al ejercicio fiscal 2008, cuya declaración tenemos que hacer en el 2009. En la nómina nos hacen una deducción por I.R.P.F. todos los meses, que es una cantidad que pagamos por adelantado para cuando hacemos la declaración de la renta de las personas físicas(I.R.P.F.) al año siguiente.

Esta retención por I.R.P.F.,se reduce en 200 euros en la nómina de junio(2008).

Habrá trabajadores cuya retención de I.R.P.F.del mes de junio, normalmente, es inferior a 200 euros y no podrán reducirla en su totalidad, por lo que la diferencia se sumará a otros 200 euros, que nos tienen que deducir en el periodo que va desde julio(2008) hasta finalizar el año.

Si en este último periodo el total de las retenciones que te hacen en nómina normalmente no llegase a los 200 euros, solo te devolverían la cantidad retenida.